LA TIRANÍA DE CHAVEZ SE DESENMASCARA CADA VEZ MÁS


En esta Sección Documentos ya he publicado el extenso y bien fundado informe del Profesor Tulio Alavarez sobre el escandaloso fraude cometido por Chavez en el referendum del 15 de Agosto del 2004. Perdió ese referendum pero descaradamente cambió los resultados con la complidad del Consejo Electoral de su obediencia con lo cual frustró la voluntad del pueblo que con una mayoría del 64% había decidido revocar su mandato presidencial.
 
El informe del Dr. Alvarez prueba el fraude en forma exhaustiva. Ninguno de los "democráticos" argentinos ni de los EEUU ni de otros países se dió por enterado de tan flagrante violación de las reglas democráticas. El cinismo de los "democráticos" del mundo es impávido e impermeable a las pruebas más evidentes de tiranía, siempre que ésta sea de izquierda.
 
El valiente Profesor Alvarez, además, ha hecho otras denuncias importantes como abogado de una asociación gremial cuyos fondos fueron presumiblemente malversados por unos de los más altos parlamentarios chavistas y una defensa brillante del derecho a difundir la verdad por la prensa.
 
Con motivo de estas acciones imperdonables para un tirano, el Profesor Alvarez corre el riesgo cierto de ser encarcelado. Se le ha prohibido la salida del país y como él mismo lo dice, no hay Justicia independiente en Venzuela ante la cual recurrir para proteger su libertad. Por eso ha apelado al Tribunal de Derechos Humanos del Pacto de San José de  Costa Rica con un escrito que me honro en publicar también en esta Sección de "La botella al mar", que está suspendida pero cuya suspensión levanto para dar cabida a este documento que espero será leído y difundido por todos los lectores de este periódico.

 

Las conclusiones de la demanda son las siguientes:
 
.......IV  CONCLUSIONES Y OBJETO DE LA DENUNCIA

 

1.De acuerdo a las consideraciones que he realizado en la presente denuncia, creo imprescindible precisar que, en mi caso, el Estado venezolano por órgano del Poder Judicial violó el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión consagrado en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de dicho tratado; el derecho a las garantías judiciales consagrado en el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con el artículo 1.1 de la misma, y en el artículo 8.2.h. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con los artículos 1.1 y 2 de dicho tratado; el derecho de circulación consagrado en el artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de dicho tratado; el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la defensa consagrados, respectivamente, en el artículo 8.2 y 8.2.f) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de dicho tratado.

 

2.Igualmente, debo manifestar que dicha situación sigue vigente y tiende a agravarse en virtud de la real amenaza de una ilegítima detención judicial con fines retaliativos y de acallar la disidencia política. Además, a esto se incluye la prohibición de salida del país que me impide, más que el libre tránsito que per se es grave, ejecutar las actividades académicas y políticas que se corresponden con mi trayectoria profesional. Quiero destacar que el Código Orgánico Procesal Penal es de aplicación restrictiva en Venezuela y que la única medida cautelar, a instancia de parte agraviada, es el traslado forzoso del imputado para imponerlo del juicio y nombrar defensor. Solo por tal circunstancia la prohibición de salida del país es eminentemente inconstitucional.

 

3.Dada la situación especial de politización que vive el poder judicial en Venezuela, no existe instancia interna que, de cualquier forma, pueda eliminar o tan siquiera atenuar la violación de mis derechos.

 

4.Ruego a esta Subcomisión informe sobre la presente denuncia y le haga remisión del texto de la misma a la Junta Directiva del Parlatino; a los señores representantes miembros del Parlatino; y a las directivas de los Parlamentos nacionales.

 

5.Solicito que, vista la gravedad de los antecedentes y hechos relacionados, la Subcomisión efectúe una visita a Venezuela a los efectos de obtener de fuente directa la información complementaria y verificar los hechos narrados.

 

6.Pido que esta Subcomisión eleve el caso a la consideración de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias junto con las recomendaciones que tenga a bien realizar.

 

7.Finalmente, en procura de algún tipo de acción que revierta la situación, ante la gravedad y evidencia de los hechos descritos, solicito que esta Subcomisión informe al Presidente del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela sobre la presente denuncia como representante legal del órgano de Gobierno del Poder Judicial en Venezuela, con el exhorto de que la misma sea entregada a todos los integrantes de ese alto Tribunal de Justicia. Quizás, ante el conocimiento por esta vía, ejecute el control del Poder Judicial que le corresponde a ese máximo Tribunal y haga un esfuerzo por sanear la administración de Justicia en Venezuela.


Es una apelación a la Justicia Internacional por las limitaciones existentes en mi patria,


Tulio Alberto Álvarez

Telf.: (58-412) 3216359 / Fax: (58-212) 9613120

tulioa@telcel.net.ve

tulioa@hotmail.com


Cosme Beccar Varela


                           e-mail: cartas@labotellaalmar.com     Fax: 54-11-4312-6241     Cosme Beccar Varela